Tribunales eclesiásticos

Actualmente, existen tribunales eclesiásticos en casi todas las diócesis, competentes para juzgar en primera instancia casos de declaración de nulidad matrimonial, así como casos penales.

La primera instancia de las causas de nulidad matrimonial se desarrolla ante el tribunal eclesiástico local competente, o sea el del lugar de celebración, de residencia de una o ambas partes, o aún aquel en cuyo distrito se recojan el mayor número de pruebas.

Tras la reforma procesal del Papa Francisco, el número de tribunales locales ha aumentado considerablemente, facilitando a los fieles que desean recurrir a ellos.

También a nivel diocesano se tratan las causas penales, que podrán ser apeladas al Tribunal de la Rota Romana, excepto las relativas a los delicta graviora, o a los abusos sobre menores, de competencia del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

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