Tribunales eclesiásticos

Los tribunales eclesiásticos están hoy presentes en casi todas las diócesis de los tribunales locales, competentes para juzgar en primera instancia las causas por la declaración de nulidad de un matrimonio así como las causas penales.

La primera instancia de las causas de nulidad matrimonial se desarrolla ante el tribunal eclesiástico local competente, o sea el del lugar de celebración, de residencia de una o ambas partes, o aún aquel en cuyo distrito se recojan el mayor número de pruebas.

Tras la reforma procesal del Papa Francisco, el número de tribunales locales ha aumentado considerablemente, facilitando a los fieles que desean recurrir a ellos.

También a nivel diocesano se tratan las causas penales, que podrán ser apeladas al Tribunal de la Rota Romana, excepto las relativas a los delicta graviora, o a los abusos sobre menores, de competencia del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

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